domingo, 21 de octubre de 2012

Familiares del actual Asesor Jurídico del GADM de Mera son los Administradores de CONSTRUEDIFIKA CONSTRUCCIONES CIVILES CIA. LTDA

Mera (Pastaza) oct 22 (EA).-   Familiares  directos del  actual asesor Jurídico del GAD Municipal de Mera David Alfredo Crespo Bilmonte,  son los ADMINSITRADORES de CONSTRUEDIFIKA CONSTRUCCIONES CIVILES CIA. LTDA.  Barreno Ocaña José Leónidas es el Gerente, Crespo Bilmonte Mario Francisco es el Presidente  y Crespo Vasco David Alfredo es el Vicepresidente.
Si bien es cierto en la actual administración se han realizado obras que como prioridad han tenido no ejecutarlas con los profesionales del Cantón,  al contrario de lo que manda la Ley Orgánica de Contratación Publica, han importado profesionales de otros sectores de nuestro País para que ejecuten las grandiosas obras que dejan un legado caracterizado por fisuras en las losas, obras que se entregan duplicando los plazos, obras que se arreglan pero con trabajadores del GAD Municipal, Maquinaria del Municipio utilizada en obras contratadas, etc.; pero el colmo es que se crean compañías a las cuales se les adjudica sin tener experiencia alguna como son los casos que se nombran a continuación:
La construcción de la conducción n-3 (t. Repartidor q1 T. Repartidor q2) Cantón Mera, adjudicada a la empresa EMPRESAS DEL ORIENTE - EMDELO S.A. con RUC  1691713071001, por un monto de USD 52,919.22, en un plazo de 90 días, adjudicada con fecha   20 de agosto de 2012 de acuerdo al acta de calificación, además se puede obtener de la página web de la superintendencia de compañías la información de quienes son los administradores de dichas compañías y la fecha de constitución de la misma:

Dejando en evidencia que en el GAD Municipal existe discrecionalidad en vista que simplemente se cambia la figura para favorecer al mismo contratista en este caso el Ing. Napoleón Junco, así violando el   “Art.  9.-  Objetivos del sistema.-  Son objetivos prioritarios del Estado, en materia de contratación pública, los siguientes: 3. Garantizar la transparencia y evitar la discrecionalidad en la contratación pública;” y  “Art.  4.-  Principios.-  Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y, participación nacional.,”  de la Ley orgánica de Contratación Pública, violados expresamente en estos casos.
Regeneración urbana de las aceras y calles de la parroquia Shell por un monto de 155.000,00 USD y  el mejoramiento interior y exterior del palacio municipal de Mera por un monto $47,461.78, procesos denominados con los códigos MCO-GADMM-018-2012 y MCO-GADMM-017-2012 respectivamente, datos obtenidos de la página web del Sistema Nacional de Contratación Pública, obras que fueron adjudicadas a la empresa CONSTRUEDIFIKA CONSTRUCCIONES CIVILES CIA. LTDA., creada el 24/01/2012, según la fecha de constitución que se publica en la página web de la Superintendencia de compañías, como se muestra en detalle:
Y sus principales administradores se detallan en la siguiente lista de igual manera publicados en  la página web de la Superintendencia de compañías, como se muestra en detalle:
Evidenciamos claramente como nuevamente se violan los artículos 4 y 9 de la LOSNCP además del “Art. 63.- Inhabilidades especiales.- No podrán celebrar contratos con la Entidad Contratante:
2. Las personas naturales o jurídicas, incluidos sus representantes legales, que hubieren realizado los estudios, los diseños y los proyectos de ingeniería o arquitectura, que presenten algún tipo de vinculación respecto a los ejecutores de las obras; y, los que hubieren elaborado las especificaciones de los bienes a adquirirse; salvo que el contrato se refiera a fiscalización, supervisión, o actualización de los estudios, diseños o proyectos;
 4. Los funcionarios, servidores o empleados que hayan intervenido en la etapa precontractual o contractual y que con su acción u omisión pudieren resultar favorecidos, su cónyuge o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, así como las personas jurídicas de derecho privado o sociedades de hecho en las que los indicados funcionarios, servidores o empleados, su cónyuge o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad tengan participación, aún en el caso de que los referidos funcionarios, servidores o empleados hubieren renunciado a sus funciones;” ,Pues quienes figuran como administradores de dicha compañía  son familiares directos del Señor Abogado David Alfredo Crespo Bilmonte, actual asesor Jurídico del GAD Municipal de Mera, demostrando así como se administran los recursos de nuestro Cantón.
Mera, un pueblo tranquilo y acogedor, con hermosos paisajes y con altos atractivos turísticos explotados y no explotados. Mera es  un ejemplo, pero lamentablemente de  corrupción, dejando una nefasta imagen para los niños y adolescentes que buscan encontrar en las autoridades gente ejemplar,

La Fiscalía, la Contraloría deberían realizar un pronunciamiento sobre este tema.




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