Ab. Ibón Santander
La comisaria de salud de Pastaza, Ab. Ibón
Santander, señala que a partir del año 2006 esta en vigencia la Ley Orgánica de
Salud en la que se establece la responsabilidad el control de esta fauna como
son los perros callejeros es una responsabilidad del Municipio de Pastaza, pero
la competencia de sanción de los
animales que tiene dueño que ocasionan malestar a los vecinos y daños al entorno, tienen la competencia el Ministerio de Salud.
La Ab. Recomienda se guarde dentro de su
perímetro de su vivienda con cerramiento con las seguridades respectivas para
que no puedan sacar los hocicos, y si no
tiene cerramientos deben estar encadenados, amarrados con el fin de que no salgan a deambular
por la calle, ya se les consideran
perros callejeros.
El Municipio de Pastaza está en análisis para la
aprobación de una Ordenanza Municipal en cuanto a la regulación de los perros, deben tener su respectivo registro y en caso
de que no tengan el registro serán
llevados al canil Municipal que lo van a construir, de igual manera y si no aparece el dueño y
reparan los gastos de los daños ocasionados serán sacrificados.
En los Cantones Mera, Santa Clara y Arajuno, se
conoce que no disponen de la ordenanza, pero tiene de igual manera la
competencia la comisaría de salud de Pastaza, para sancionar cualquier daño ocasionado por
las mascotas en esos lugares. Concluye,
Santander.
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