viernes, 8 de febrero de 2013

Opinion : Los Extranjeros en Ecuador



Dra. Tania Massón Fiallos; M.B.A

La Constitución en su artículo 9 establece que: “las personas extrajeras que se encuentran en el territorio ecuatoriano tendrán los mismos derechos y deberes que las ecuatorianas”, este principio lleva a que nuestro país aplique la ciudadanía universal, cumpliendo preceptos básicos de apoyo a los extranjeros como el asilo, refugio, etc. figuras elementales de protección hacia los ciudadanos.
El Ecuador se ha convertido en destino preferido de un sin número de personas de otros países, ejemplo de ello es Cuenca, que es una ciudad donde los extranjeros jubilados viven, pero también existe las provincias que albergan refugiados del conflicto colombiano como Sucumbíos, Carchi, Esmeraldas y Santo Domingo, con este contexto nos preguntamos si los nacionales poseemos las mismas garantías que los extranjeros.
La respuesta a la pregunta es si, ya que del texto constitucional que mencionamos anteriormente, se desprende que nuestro código civil habla que la ley obliga a todos los habitantes de la república, incluidos los extranjeros, y recordemos que la ley no reconoce diferencias; el Código Penal manda a que toda infracción cometida dentro del territorio de la republica sea de ecuatorianos o extranjeros, será juzgada y reprimida conforme a las leyes ecuatorianas, a mas que la ley de extranjería manifiesta que los extranjeros tendrán los mismo derechos que los ecuatorianos.
Con todo este preámbulo analizamos, qué pasa si ingresa un extranjero de turista y acaba sus noventa días de residencia que estipula la ley para su permanencia en nuestro país, simplemente se convierte en una persona que no ha legalizado su estatus migratorio y su permanencia es ilegal en nuestra nación, ahí vemos figuras como la deportación.

Pero para un extranjero que está solicitando asilo, refugio o cualquier tipo de protección internacional, la figura cambia ya que no se lo puede considerar que su permanencia es ilegal, sino que se encuentra realizando un proceso de legalización y el estado ecuatoriano debe apoyarle.

Las personas extrajeras que posean residencia en nuestro país, además de los derechos contemplados en la Constitución, tienen derecho al voto siempre que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años.
Nuestro estado cumple con los preceptos de ciudadanía universal que establece la declaración universal de derechos humanos, ahora debemos reclamar similar trato para nuestros coterráneos que salen del país, en busca de un sueño extranjero.

Lamentablemente escuchamos historias difíciles de ecuatorianos que se encuentran en otros países, es donde debemos recurrir a instancias públicas como la Secretaria Nacional del Migrante SENAMI o la Cancillería, para que apoyen a nuestros compatriotas.
La ciudadanía universal es un derecho y debemos reclamarlo…..

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